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SERVICIOS: ADAPTACIÓN A LA LOPD

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal ( LOPD) y su Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, todas las empresas y organizaciones que posean datos de carácter personal están obligados a cumplir una serie de obligaciones formales y técnicas para su debido tratamiento, tanto en aquellos archivos documentados en papel como en cualesquiera otros soporte informático.

Tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente de su honor e intimidad personal y familiar ( Art.1 LOPD).

La dificultad de la interpretación de la Norma, la complejidad de los trámites formales, el desconocimiento de las obligaciones que implica, el importe de las sanciones y el mantenimiento permanente que requiere hacen más recomendable acudir a un EXPERTO EN LA MATERIA.

Por otra parte, los Gestores Administrativos deben velar por la seguridad y confidencialidad de sus ficheros y la de sus clientes.

La Fundación Andaluza de los Gestores Administrativos pone a su disposición un servicio de Adaptación a la Ley Orgánica de Protección de Datos para ayudarle a cumplir las obligaciones formales que imponen la Ley y su Reglamento:

El servicio tiene dos fases diferenciadas.

Implantación:

  • Diagnóstico telefónico de los Datos.
  • Confección de los modelos oficiales y realización de las gestiones necesarias para la inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos, de la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Elaboración del Documento de Seguridad de datos.
  • Entrega de un dossier de los modelos más frecuentes de contratos y las leyendas necesarias para cumplir con las obligaciones recogidas en la normativa vigente en la materia.

Mantenimiento:

  • Actualización y modificación, en su caso, de los ficheros inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Confección de los modelos oficiales y las gestiones necesarias, para la inscripción de las modificaciones que correspondan en los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.
  • Revisión y redacción, en su caso, de contratos, cláusulas y formularios.
  • Atención y resolución de consultas realizadas por el cliente y modificaciones, telefónicamente o por correo electrónico.
  • Actualización del Documento de Seguridad de datos y verificación de las medidas correctoras, de conformidad con lo establecido en el R.D. 1720/2007 de 21 de Diciembre.
  • Control trimestral con el fin de detectar aquellos cambios que requieran alguna actuación en esta materia.
  • Realización de la Auditoría bienal, obligatoria para aquellos ficheros con un nivel de seguridad medio y alto.
INFRACCIONES Y SANCIONES
  • Leves.Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 900 € a 40.000 €.
  • Graves.Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 40.001 € a 300.000 €.
  • Muy graves. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 300.001 € a 600.000 €.

 

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